Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Órganos directivos
Art. 13
En vigor desde 31 dic 2025
1. La Secretaría General es el órgano directivo de la OEPM que tiene a su cargo los servicios de carácter general y administrativo del Organismo.
2. Le corresponden, en particular, las siguientes funciones:
a) Elaborar la propuesta anual del presupuesto de ingresos y gastos, dirigir su ejecución y realizar su seguimiento.
b) Dirigir la gestión económica y financiera y la contratación administrativa. Coordinar y, en su caso, tramitar la actividad subvencional y de transferencias presupuestarias de financiación.
c) Gestionar y administrar los recursos humanos y ejercer de interlocutora con los órganos de representación del personal. Programar y ejecutar la formación del personal y las actuaciones para su correcto desenvolvimiento y desarrollo profesional. Ejercer las funciones que correspondan en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito del organismo.
d) Gestionar la prevención de riesgos laborales.
e) Gestionar los servicios de atención al ciudadano, información y registro, archivo y biblioteca, depósito y publicaciones.
f) Gestionar los servicios de régimen interior, seguridad y mantenimiento de la sede y otras dependencias de la OEPM.
g) Gestionar, en lo que sea competencia de la OEPM, los asuntos relacionados con el Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial y la comunicación con su Colegio Profesional.
h) Contribuir, dentro de su ámbito material de actuación, al cumplimiento de los fines y las funciones de la OEPM, realizando cuantas actuaciones administrativas, técnicas o jurídicas sean precisas, en el marco de lo que disponga la Dirección del organismo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2025/12/26/1186#art-13