Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

En vigor desde 31 dic 2020
1. A los efectos del cálculo anual de los cargos unitarios y los cánones de acceso a los almacenamientos subterráneos se empleará el caudal contratado equivalente, Q e , calculado mediante la siguiente fórmula: Siendo: ‒ m: número de contratos de los usuarios en el punto de aplicación. ‒ Q ,i : capacidad del contrato o agrupación de contratos « i» . ‒ M i : multiplicador de corto plazo aplicable al contrato «i» calculado conforme al artículo 36, aplicándose el valor 1 para el contrato anual. ‒ d i : duración en días del tipo de contrato « i». ‒ DA: número de días del año, que tomará el valor de 365 en los años ordinarios y de 366 en los bisiestos. 2. En el caso de contratos intradiarios, el término d i se expresará en horas y el término DA tomará el valor de 8.760 para los años ordinarios y de 8.784 en los bisiestos.
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eli/es/rd/2020/12/29/1184#art-3

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