Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección primera. Registro contable de valores admitidos a negociación en bolsa

Art. 29

En vigor desde 11 mar 1992
La representación de los valores por medio de anotaciones en cuenta de acuerdo con lo previsto en este capítulo será condición necesaria para su admisión a negociación en Bolsa.
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eli/es/rd/1992/02/14/116#art-29

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