Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 7 nov 2024
En el plazo de dos años desde la constitución efectiva de la Agencia y tras la valoración de los puestos de trabajo, se asegurará la adecuación de los complementos retributivos de estos puestos al grado de responsabilidad asumido y al cumplimiento eficaz de los fines del organismo respecto de otros centros directivos similares dentro de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de Derecho público vinculados o dependientes.
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eli/es/rd/2024/11/05/1118#disposicion-adicional-quinta

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