Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Otros órganos directamente dependientes de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

Art. 21

En vigor desde 31 oct 2024
El Departamento de Seguimiento y Régimen sancionador es el órgano de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., que tiene encomendadas las siguientes funciones: a) Tramitación de los procedimientos sancionadores por las infracciones previstas en el título IX de la Ley 2/2023, de 20 de febrero. b) Tramitación del procedimiento para determinar los supuestos de exención y atenuación de la sanción a que se refiere el artículo 40 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero. c) Elaboración de las circulares y recomendaciones que establezcan los criterios y prácticas adecuados para el correcto funcionamiento de la Autoridad, así como de modelos de prevención de delito en el ámbito público. d) Elaboración de los informes que se emitan de forma preceptiva en la elaboración de anteproyectos y proyectos de disposiciones generales que afecten al ámbito de competencias y a las funciones que desarrolla la Autoridad, así como de aquellos informes no preceptivos emitidos en la tramitación de normas que sean sometidas a su parecer. e) Elaboración de la Memoria anual a la que se refiere la disposición adicional tercera de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, así como de las estadísticas sobre las informaciones a que se refiere el capítulo III de la citada ley. f) Ejercer la secretaría de la Comisión Consultiva de Protección del Informante. g) Aquellas otras que le sean encomendadas por la persona titular de la Presidencia de la Autoridad o por una norma de rango legal o reglamentario.
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eli/es/rd/2024/10/29/1101#art-21

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