Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 12 dic 2015
El presente Real Decreto se dicta al amparo de las reglas 10.ª y 13.ª del artículo 149.1 de la Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva respectivamente sobre comercio exterior y las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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eli/es/rd/2015/12/04/1088#disposicion-final-segunda

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