Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 24 dic 2014
Las medidas incluidas en este real decreto y el Estatuto que en su virtud se aprueba, se efectuarán sin incremento de las asignaciones presupuestarias de cada ejercicio y no supondrán incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
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Proeli/es/rd/2014/12/19/1072#disposicion-adicional-quinta