Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Órganos de gobierno
Art. 10
En vigor desde 12 dic 2025
Corresponden al Consejo Rector las siguientes funciones:
a) El seguimiento, la supervisión y el control superiores de la actuación de la Agencia Estatal
b) Aprobar la propuesta del Contrato de gestión.
c) Elevar al Ministerio de adscripción para su aprobación, los planes de acción anuales y plurianuales, así como los objetivos estratégicos y operativos de la Agencia y los procedimientos, criterios e indicadores para la medición de su cumplimiento y del grado de eficiencia en la gestión propuestos por la persona titular de la Dirección de la Agencia.
d) Nombrar y cesar a la persona titular de la Dirección de la Agencia a propuesta de la Presidencia.
e) El control de la gestión de la persona titular de la Dirección y la exigencia a ésta de las responsabilidades que procedan, incluida la separación del cargo en el supuesto de incumplimiento grave de sus funciones.
f) Aprobar el anteproyecto de presupuestos anuales, la contracción de cualesquiera obligaciones de carácter plurianual dentro de los límites fijados en el Contrato de gestión así como las cuentas anuales auditadas y, en su caso, la distribución del resultado del ejercicio de acuerdo con la legislación presupuestaria.
g) Aprobar los informes anuales y plurianuales de actividad así como aquellos extraordinarios que se consideren necesarios valorando los resultados obtenidos y consignando las deficiencias observadas.
h) Designar a los miembros de la Comisión de Control.
i) Nombrar y cesar a los miembros del Comité Científico y Técnico e impulsar la renovación en los términos previstos en el artículo 14.2.
j) Aprobar la previsión de necesidades de personal, los criterios y los procedimientos de selección del mismo, teniendo en cuenta lo establecido en el Contrato de gestión.
k) Aprobar la relación de puestos de trabajo de la Agencia, dentro del marco de actuación que en materia de recursos humanos se establezca en el Contrato de gestión, así como elevar la propuesta de oferta anual de empleo de la Agencia para su integración en la oferta de empleo público.
l) Aprobar el nombramiento y cese, a propuesta de la persona titular de la Dirección, del personal directivo de la Agencia, así como los criterios para la determinación de los incentivos retributivos por rendimiento que le correspondan, teniendo en cuenta lo establecido en el contrato de gestión.
m) Elevar la propuesta de modificación de la estructura organizativa de la Agencia.
n) Aprobar el marco general de delegación de competencias de la Agencia para la celebración de convenios de colaboración con otras entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como con organismos internacionales.
o) Cualesquiera otras que le correspondan en función de la legislación vigente.
Se modifican las letras c), d), e) y l) por el art. único.7 del Real Decreto 1122/2025, de 10 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-25269
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/11/27/1067#art-10