Art. 16

En vigor desde 10 jun 1981
1. La distribución del importe total de venta al público de los boletos que contiene cada envase, y que es de 25.000 pesetas, es la siguiente: a) Premios: El 60 por 100 (15.000 pesetas). b) Tasa fiscal: El 50 por 100 (5.000 pesetas). c) Beneficios para el establecimiento vendedor: El 10 por 100 (2.500 pesetas). d) Gastos de confección, administración y distribución: El 10 por 100 (2.500 pesetas). 2. Distribución de los premios: Un premio de cinco mil pesetas (5.000 pesetas). Un premio de dos mil pesetas (2.000 pesetas). Un premio de mil pesetas (1.000 pesetas). Dos premios de quinientas pesetas (1.000 pesetas). Cinco premios de doscientas pesetas (1.000 pesetas). Diez premios de cien pesetas (1.000 pesetas). Treinta premios de cincuenta pesetas (1.500 pesetas). Cien reintegros de veinticinco pesetas (2.500 pesetas).
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eli/es/rd/1981/04/24/1067#art-16

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