Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 73

En vigor desde 1 ene 2023
Cuando se contemple en la normativa la posibilidad de modificar las solicitudes de ayuda presentadas, el control administrativo de la solicitud de modificación incluirá, al menos, la verificación de la subvencionabilidad de la misma, contemplando, entre otros: a) El tipo de modificación. b) La fecha de presentación. c) La moderación de los costes, en su caso.
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eli/es/rd/2022/12/27/1047#art-73

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