Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Vigilancia individual
Art. 34
En vigor desde 22 dic 2022
Las dosis individuales recibidas por los trabajadores expuestos pertenecientes a la categoría B se podrán estimar a partir de los resultados de la vigilancia radiológica realizada en los lugares de trabajo que se establece en el artículo 31, siempre y cuando éstos permitan demostrar que dichos trabajadores están clasificados correctamente en la categoría B.
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Proeli/es/rd/2022/12/20/1029#art-34