Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Vigilancia individual
Art. 35
En vigor desde 22 dic 2022
En los casos en los que no sea posible la estimación de las dosis de los trabajadores expuestos (por pérdida, deterioro, no recambio del dosímetro, u otros motivos), la asignación de dosis se basará en una estimación realizada a partir de mediciones individuales hechas a otros trabajadores expuestos que hayan desarrollado trabajos similares, a partir de los resultados de la vigilancia radiológica de los lugares de trabajo prevista en el artículo 31, o a partir de las dosis previas recibidas en actividades similares, haciéndose constar expresamente este hecho en el historial dosimétrico del trabajador.
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Proeli/es/rd/2022/12/20/1029#art-35