Libro TRATADO QUINTOTítulo TITULO XXIISecc. Ceremonial maritimo

Art. 639

En vigor desde 31 may 1984
Las insignias arboladas en embarcación menor, al pasar por las proximidades de los buques, serán saludadas únicamente con los honores de guardia formada y toques que le correspondan. Solamente se hará saludo a la voz y, en su caso, al cañón al paso del Estandarte de S.M. el Rey. Al paso de Jefes de Estado extranjeros el honor de saludo a la voz será sustituido por el de cubrir pasamanos.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-639

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