Libro TRATADO QUINTOTítulo TITULO XXI

Art. 593

En vigor desde 31 may 1984
La Autoridad o Mando que tenga la responsabilidad de organizar el acto dictará una Orden en la que precisará su finalidad, condiciones de ejecución y normas logísticas, de coordinación y de seguridad.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-593

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