Libro TRATADO SEGUNDO›Título TITULO XI
Art. 421
En vigor desde 31 may 1984
Asesorará al Mando sobre los efectos producidos por los agentes agresivos nucleares, biológicos y químicos y medidas de protección contra ellos.
Asimismo, propondrá al Mando las medidas para la prevención de las toxicomanías y para mantener en el mejor estado psicofísico a todo el personal.
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Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-421