Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 6.ª De los Órganos Asesores del Consejo General

Art. 23

Derogado
En vigor desde 29 may 1980
Serán órganos asesores del Consejo, además de los que en cualquier momento pueda acordar la Asamblea del mismo, los siguientes: a) Comisión de Deontología, Derecho Médico y Visado. b) Comisión de Investigación y Enseñanza de la Medicina. c) Comisión de Relaciones con las Sociedades Médicas y Reales Academias de Medicina. d) Comisión de coordinación Tributaria. Sus miembros serán nombrados por la Asamblea.
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eli/es/rd/1980/05/19/1018#art-23-1

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