Libro REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA PARA LA ELABORACIÓN, CIRCULACIÓN Y COMERCIO DE GRASAS COMESTIBLES (ANIMALES, VEGETALES Y ANHIDRAS), MARGARINAS, MINARINAS Y PREPARADOS GRASOSTítulo TÍTULO IV

Art. 25

En vigor desde 21 jun 1981
El producto terminado y dispuesto para el consumo, reunirá las siguientes características fundamentales: – Masa amarillenta con plasticidad adecuada para su manipulación y apropiados caracteres organelépticos. – Extracto al éter de petróleo (de 30 a 80 grados de punto de ebullición) 80 por 100 en peso, como mínimo. – Prueba de fosfatasa, negativa. – Acidez de la grasa, 0,5 por 100 como máximo expresado en ácido oleíco. – Punto de fusión (deslizamiento) a 38º centígrados o inferior, para las margarinas de boca.
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eli/es/rd/1981/04/10/1011#art-25

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