Libro REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA PARA LA ELABORACIÓN, CIRCULACIÓN Y COMERCIO DE GRASAS COMESTIBLES (ANIMALES, VEGETALES Y ANHIDRAS), MARGARINAS, MINARINAS Y PREPARADOS GRASOS›Título TÍTULO IV
Art. 25
En vigor desde 21 jun 1981
El producto terminado y dispuesto para el consumo, reunirá las siguientes características fundamentales:
– Masa amarillenta con plasticidad adecuada para su manipulación y apropiados caracteres organelépticos.
– Extracto al éter de petróleo (de 30 a 80 grados de punto de ebullición) 80 por 100 en peso, como mínimo.
– Prueba de fosfatasa, negativa.
– Acidez de la grasa, 0,5 por 100 como máximo expresado en ácido oleíco.
– Punto de fusión (deslizamiento) a 38º centígrados o inferior, para las margarinas de boca.
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Proeli/es/rd/1981/04/10/1011#art-25