Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 20 feb 2025
Este real decreto no implica incremento de gastos de personal, ni precisa de nuevas dotaciones presupuestarias en el ámbito del sector público, llevándose a cabo con las disponibilidades presupuestarias existentes.
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eli/es/rd/2025/02/18/101#disposicion-adicional-cuarta

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