Art. Disposición adicional única

En vigor desde 20 jun 2019
La Tesorería General de la Seguridad Social atenderá, con cargo a sus actuales medios personales y materiales, la constitución y funcionamiento del nuevo órgano colegiado, sin que se pueda generar, en ningún caso, aumento de las dotaciones presupuestarias.
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eli/es/o/2019/06/05/tms667#disposicion-adicional-unica

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