Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 1.ª Generalidades
Art. 35
En vigor desde 2 ene 2021
Las compañías suministradoras, los operadores de almacenamiento, los operadores de puesta a bordo y los operadores de puesta a bordo para aviación general y trabajos aéreos, adoptarán los procedimientos internos de calidad que correspondan, con sujeción a lo establecido en el capítulo III.
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Proeli/es/o/2020/07/15/tma692#art-35