Capítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 1.ª Generalidades

Art. 35

En vigor desde 2 ene 2021
Las compañías suministradoras, los operadores de almacenamiento, los operadores de puesta a bordo y los operadores de puesta a bordo para aviación general y trabajos aéreos, adoptarán los procedimientos internos de calidad que correspondan, con sujeción a lo establecido en el capítulo III.
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eli/es/o/2020/07/15/tma692#art-35

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