Capítulo CAPÍTULO III

Art. 13

En vigor desde 2 ene 2021
Todas las tareas y comprobaciones asociadas al control de calidad del combustible de aviación deberán ser registradas, actualizadas y estarán disponibles para su comprobación por parte de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
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eli/es/o/2020/07/15/tma692#art-13

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