Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 5 jun 2024
Los valores de la retribución a la operación de las instalaciones tipo cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible, aplicables al primer semestre del año 2024, se recogen en el anexo IV.
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eli/es/o/2024/05/31/ted526#disposicion-adicional-tercera

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