Capítulo CAPÍTULO XIV
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 27 may 2020
A los efectos de lo previsto en esta orden y de acuerdo con lo señalado en la disposición adicional única del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, Rincón de Ademuz recibirá el tratamiento propio de la unidad territorial de Teruel.
Se añade por el .3 de la Orden SND/445/2020, de 26 de mayo. Ref. BOE-A-2020-5323#as
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2020/05/16/snd414#disposicion-adicional-sexta