Capítulo CAPÍTULO XIV

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 25 may 2020
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberá solicitar al Ministerio de Sanidad la suspensión parcial o total de la aplicación de esta orden al Municipio de Totana cuando considere que existe una situación de riesgo para la población o cuando exista un crecimiento sostenido del número de casos de COVID-19. Se añade por el .8 de la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo. Ref. BOE-A-2020-5265#aq

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eli/es/o/2020/05/16/snd414#disposicion-adicional-cuarta

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