Art. 9
En vigor desde 9 nov 2007
1. El Instituto de Salud Carlos III sólo admitirá la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones ante el registro electrónico que estén firmados mediante una firma electrónica reconocida, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
2. En la dirección electrónica de acceso al Registro estará disponible la información sobre la relación de prestadores de servicios de certificación y tipos de certificados electrónicos que amparen las firmas electrónicas con las que es admisible la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.
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Proeli/es/o/2007/10/29/sco3233#art-9