Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 90
En vigor desde 21 dic 2019
Como complemento de las cuentas anuales, la Dirección General de la ONCE mantendrá un inventario de los bienes y derechos propiedad de la Organización continuamente actualizado. Un resumen de las principales partidas de dicho inventario se presentará, por el Director General, al Consejo General, junto con las cuentas anuales, para su conocimiento.
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Proeli/es/o/2019/12/18/scb1240#art-90