Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª De los servicios centrales, territoriales y centros especializados
Art. 65
En vigor desde 21 dic 2019
Uno. La Dirección General de la ONCE es el órgano superior al que corresponde la gestión ordinaria de la Organización. Ejecuta los acuerdos del Consejo General que le conciernan y actúa conforme a los principios y criterios contenidos en la Sección 1.ª de este Capítulo.
Dos. De la Dirección General dependen los servicios centrales, territoriales y especializados de la ONCE, conforme a la estructura orgánico-funcional vigente en cada momento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2019/12/18/scb1240#art-65