Art. 3
En vigor desde 22 sept 2012
1. Son normas de régimen interior las que regulan la vida de las unidades y del personal en el interior de las instalaciones en las que se alojan.
Además de lo que sobre señalización exterior de dependencias administrativas dispone el artículo 11 del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado, en la entrada principal de las instalaciones de la Guardia Civil, en lugar bien visible y junto a su emblema, figurará el lema «Todo por la Patria». Del mismo modo, también en lugar destacado, figurará el texto de la Cartilla Fundacional que hace referencia al honor como principal divisa de los Guardias Civiles.
2. En cada instalación de la Guardia Civil se mantendrá un Libro de Normas de Régimen Interior cuyo contenido y regulación se adaptarán a su normativa específica y en el que, en todo caso, se recogerán las normas de vida, seguridad, administración y gobierno de la misma.
Para la determinación de los actos de régimen interior se tendrán en cuenta los que se contemplan en los artículos 34 a 50 de las Normas sobre mando y régimen interior de las unidades e instalaciones del Ejército de Tierra. Los Libros de Normas de Régimen Interior precisarán su detalle, adaptándolos a las peculiaridades propias de las unidades afectadas.
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Proeli/es/o/2012/09/14/pre1983#art-3