Capítulo CAPÍTULO III

Art. 17

En vigor desde 9 abr 2022
De acuerdo con el artículo 3 de la Constitución, son lenguas cooficiales aquellas lenguas que, junto con el castellano y en sus respectivos territorios, las Comunidades Autónomas hayan establecido su oficialidad en sus Estatutos de Autonomía.
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eli/es/o/2022/04/06/pcm280#art-17

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