Art. Tercero

En vigor desde 24 nov 2020
La autoridad pública solicitante o el INGESA, según el caso, procederá a la devolución de las instalaciones del IMSERSO, cuando finalice la crisis sanitaria, en las mismas condiciones en las que fueron puestas a disposición.
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eli/es/o/2020/11/25/pcm1115#tercero

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