Art. Disposición final segunda
En vigor desde 7 ene 2007
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.º de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de telecomunicaciones.
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Proeli/es/o/2006/12/28/itc4096#disposicion-final-segunda