Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 7 ene 2007
En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente orden, se habilitará la descarga electrónica, a través de la correspondiente página Web, del modelo al que se refiere el artículo 5 del presente reglamento.
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Proeli/es/o/2006/12/28/itc4096#disposicion-transitoria-tercera