Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 29 ene 2021
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente orden. Asimismo, con carácter particular, quedan derogadas exclusivamente, en relación con el ámbito de competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: a) La Orden del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, de fecha 4 de enero de 2019, por la que se establecen las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar durante el año 2019. b) La Orden conjunta de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de fecha 24 de marzo de 2020, por la que se establecen las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar durante el año.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2021/01/25/ism48#disposicion-derogatoria-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil