Art. Disposición derogatoria única
12 / 15En vigor desde 29 ene 2021
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente orden.
Asimismo, con carácter particular, quedan derogadas exclusivamente, en relación con el ámbito de competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:
a) La Orden del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, de fecha 4 de enero de 2019, por la que se establecen las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar durante el año 2019.
b) La Orden conjunta de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de fecha 24 de marzo de 2020, por la que se establecen las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar durante el año.
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Proeli/es/o/2021/01/25/ism48#disposicion-derogatoria-unica