Art. 9

En vigor desde 28 ene 2021
La CMAD, para el ejercicio de sus funciones, podrá recabar cuanta información estime precisa de todos los órganos superiores y directivos del Departamento, así como de las unidades dependientes de los mismos, que vendrán obligados a facilitarla, de acuerdo con la legislación vigente.
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eli/es/o/2021/01/21/ism45#art-9

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