Título TÍTULO I

Art. Regla 1

En vigor desde 6 jun 2002
Las normas contenidas en la presente Instrucción serán de aplicación a la Administración General del Estado, a la que se refiere el título II de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2002/05/23/hac1300#regla-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil