Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección tercera. De las tarjetas de empresa
Art. 11
En vigor desde 4 may 2005
El contenido y características de las tarjetas de empresa, cuya validez será de cinco años, es el que al efecto se encuentra establecido en el apartado IV del anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85.
En el supuesto de que la empresa dejara de ser titular o arrendataria de vehículos dotados de aparato de control, deberá devolver al órgano emisor la tarjeta o tarjetas de empresa que le hubieran sido expedidas.
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Proeli/es/o/2005/04/25/fom1190#art-11