Art. Preambulo

En vigor desde 9 jul 2015
El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, ha creado las Comisiones Ministeriales de Administración Digital como órganos colegiados, «encargados de impulsar la transformación digital de la Administración de acuerdo a una Estrategia común en el ámbito de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones». De esta forma, se modifica el papel de las anteriores Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica, creadas por Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la administración electrónica y en cuyo cumplimiento se dictó la Orden TIN/3155/2011, de 8 de noviembre, por la que se regularon la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del entonces denominado Ministerio de Trabajo e Inmigración, que ha estado vigente hasta el momento. La Disposición transitoria segunda del propio Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, prevé la regulación de las Comisiones Ministeriales de Administración Digital mediante las correspondientes órdenes ministeriales. Por ello, de acuerdo con lo previsto en la citada Disposición transitoria segunda, con el fin de reforzar el papel de impulso de la transformación digital, que desde su constitución ha venido desempeñando la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y de conformidad con el artículo 40.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, mediante la presente orden ministerial se procede a la creación de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y a regular su composición y funciones. En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:
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