Libro REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 18 dic 2008
Todas las referencias a cargos o puestos para los que en el Reglamento se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2008/12/09/esd3669#disposicion-adicional-primera