Art. Disposición adicional primera
Libro REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADOCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional primera

59 / 61
En vigor desde 18 dic 2008
Todas las referencias a cargos o puestos para los que en el Reglamento se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2008/12/09/esd3669#disposicion-adicional-primera