Art. 1

En vigor desde 5 ago 2017
La orden tiene por objeto regular las funciones que corresponde realizar a la Oficina Española de Aseguradores de Automóviles, en adelante Ofesauto, y dictar sus normas de funcionamiento con arreglo al marco jurídico en que desarrolla su actividad, constituido por el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor aprobado por el Real Decreto 1507/2008, de 12 de , y el Reglamento general del Consejo de Oficinas nacionales de seguros aprobado por la Asamblea General de dicho Consejo de 30 de mayo de 2002.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2017/07/26/eic764#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil