Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 11

En vigor desde 18 nov 2011
El objetivo del juego de Black Jack consiste en alcanzar en una mano de naipes la suma de veintiún puntos o una suma inferior a veintiuno y superior al valor de la mano que juega la banca. El Black Jack se juega con seis barajas inglesas, de cincuenta y dos cartas cada una, excluidos los comodines, excepto que en alguno de los tipos que se describen en el anexo IV de la presente Orden se establezca otro número de barajas. Los naipes tienen el siguiente valor: a) Las figuras tienen un valor de diez puntos. b) El as tiene un valor de un punto o de once, según convenga al participante. c) El resto de cartas tienen su valor nominal. Las cartas se extraerán de un recipiente o distribuidor en un orden aleatorio, establecido al principio de la sesión del juego y que ha de figurar en las reglas particulares del juego. Desde este distribuidor, las cartas aparecerán de una en una. La mano que juega la banca deberá seguir siempre las reglas establecidas para cada tipo de juego en esta Reglamentación básica y en las reglas particulares del operador.
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eli/es/o/2011/11/08/eha3088#art-11

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