Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 4 oct 2008
El certificado previsto en el artículo 2 correspondiente a las cantidades libradas a cuenta durante el ejercicio 2007, se remitirá a la Dirección General de Presupuestos en el plazo de cinco días hábiles desde la entrada en vigor de la presente Orden.
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eli/es/o/2008/09/25/eha2760#disposicion-transitoria-unica

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