Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 31

En vigor desde 1 ene 2016
1. Dentro del crédito anual destinado a las mismas, la cuantía de estas ayudas no podrá superar la inversión del productor, ni el 75 % del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. 2. El plazo de presentación de solicitud de las ayudas y la documentación que deba acompañarse a la misma, se establecerán en la respectiva convocatoria
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eli/es/o/2015/12/18/ecd2796#art-31

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