Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto
Art. 25
En vigor desde 1 ene 2016
1. La evaluación de los proyectos presentados a la convocatoria se realizará en tres fases.
En la primera fase, el órgano gestor procederá a su valoración atendiendo a los criterios y ponderaciones máximas que se establecen en el baremo que figura como anexo II a la presente orden, pudiendo otorgar a los mismos un máximo de 50 puntos.
Únicamente los proyectos que obtengan en esta fase un mínimo de 20 puntos, podrán ser valorados en la fase siguiente.
En la segunda fase, los miembros de la Comisión de ayudas a la producción de largometrajes y cortometrajes, regulada en el artículo 33 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, con experiencia en análisis financiero de proyectos cinematográficos, valorarán con hasta un máximo de 10 puntos el presupuesto presentado y su adecuación al proyecto, así como la viabilidad del plan de financiación aportado por la empresa.
Únicamente los proyectos que obtengan en esta fase un mínimo de 5 puntos, podrán ser valorados en la siguiente fase.
En la tercera fase, los miembros de la citada Comisión en pleno valorarán con hasta un máximo de 40 puntos, la calidad y el valor artístico del guion, atendiendo específicamente, entre otros criterios, a la madurez del mismo, así como al equipo autoral del proyecto. En el caso de los documentales, se tendrá en cuenta, entre otros aspectos, la madurez del proceso narrativo y la relevancia de la temática.
2. A cada proyecto objeto de valoración en las tres fases se le asignará una puntuación total, resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas.
Se establecerá una prelación de proyectos en función de la puntuación total obtenida por los mismos y se adjudicarán las ayudas con el límite de la dotación presupuestaria establecida en la convocatoria.
3. En el caso de que tras concederse las ayudas correspondientes a los proyectos valorados en las tres fases, existiera sobrante de la dotación, podrán resultar beneficiarios los proyectos que hubieran obtenido una determinada puntuación en las dos primeras fases, en la forma en que se establezca en la correspondiente convocatoria.
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Proeli/es/o/2015/12/18/ecd2796#art-25