Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
En vigor desde 18 oct 2016
1. En el supuesto de que el candidato no esté conforme con la calificación obtenida en la prueba, podrá presentar reclamación mediante escrito dirigido al Rector en el plazo de 7 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones.
2. Adicionalmente, el candidato podrá acogerse al procedimiento de revisión de calificaciones acordado por el Consejo de Gobierno de la UNED.
3. La presentación de la reclamación o la solicitud de revisión de calificación no suspenderá los efectos académicos derivados de las calificaciones de los candidatos.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2016/10/11/ecd1663#art-8