Art. 5

En vigor desde 16 sept 2021
Se aprueban los modelos que figuran como anexo IV-A y anexo IV-B relativos a la certificación de los informes personales de calificación, al que se refiere el párrafo b) del artículo 17.1 del Reglamento, de aplicación el primero de ellos para el personal perteneciente a las Fuerzas Armadas y el segundo para el personal perteneciente a la Guardia Civil.
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eli/es/o/2021/09/06/def961#art-5

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