Art. 4

En vigor desde 16 sept 2021
Se aprueba el modelo que figura como anexo III-B relativo al cómputo de tiempo de servicios efectivos, al que se refiere el párrafo a) del artículo 17.1 del Reglamento, que será de aplicación al personal estatutario del Centro Nacional de Inteligencia.
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eli/es/o/2021/09/06/def961#art-4

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