Art. 5

En vigor desde 3 feb 2025
1. El GTEX realizará las siguientes funciones: a) Llevar a cabo, a petición de la persona titular de la SDGINREID, las actividades de estudio, análisis y otras que considere para la elaboración de informes relacionados con las exenciones por razones de defensa. b) Proponer la colaboración de expertos para actividades relacionadas con las exenciones de defensa. c) Realizar las actividades que se decidan en las reuniones del GTEX. 2. El GTEX estará presidido por la persona titular de la SDGINREID y formarán parte de él la persona titular de la Secretaría Permanente, un representante con nivel mínimo de jefe de unidad de la Inspección General de Sanidad y de los órganos responsables de la gestión de los riesgos laborales y el medio ambiente en el ámbito del Ministerio de Defensa, y un representante con nivel mínimo de jefe de unidad y relacionado con la necesidad de recursos materiales, de las Subdirecciones Generales de la Dirección General de Armamento y Material, del Estado Mayor de la Defensa, de la Unidad Militar de Emergencias y de los Mandos o Jefaturas de Apoyo Logístico de los Ejércitos y de la Armada. 3. Su régimen jurídico se ajustará a lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y estará adscrito a la SDGINREID.
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eli/es/o/2024/07/29/def828#art-5

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