Libro RÉGIMEN DEL PROFESORADO DE LOS CENTROS DOCENTES MILITARES›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
En vigor desde 6 jun 2017
1. La función docente ejercida en los centros docentes militares podrá ser llevada a cabo por los siguientes tipos de profesor:
a) Profesor Titular.
b) Profesor de Número.
c) Profesor Emérito.
d) Profesor Honorífico.
e) Profesor Visitante.
f) Profesor Asociado.
2. También podrán ejercer la función docente los conferenciantes y colaboradores propuestos por los directores de los centros.
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Proeli/es/o/2017/05/08/def426#art-6